Para cooperación
Lo que necesita saber antes de decidir si seguimos hablando.
Escrito para oficiales de programa de embajadas, agencias, fondos y fundaciones. Va primero la elegibilidad, después quién firma y hasta cuánto, y al final las reglas que nos pusimos antes de pedirle dinero a nadie.
Elegibilidad
La figura jurídica y su situación registral.
El objeto social reformado incluye expresamente la cooperación internacional y gestión de recursos y los proyectos del Sistema General de Regalías. No hace falta reformar nada para recibir y ejecutar cooperación no reembolsable.
NaturalezaFundación. Entidad sin ánimo de lucro de derecho privado colombiano
Constitución8 de julio de 2002
NIT805.025.451-7
Registro ESAL4898-50
DuraciónIndefinida. No disuelta
VigilanciaGobernación del Valle del Cauca
Marco contableGrupo NIIF III
Actividad CIIU8299
NotificaciónElectrónica autorizada por la entidad
Capacidad de contratación
7.000 SMMLV
Quién firma un convenio, y hasta qué cuantía
Es el tope hasta el que el director y representante legal puede celebrar actos y contratos sin autorización previa de la junta, incluidos convenios de cooperación nacional e internacional, uniones temporales y consorcios.
Por encima de esa cuantía se requiere autorización previa y expresa de la junta directiva, que puede darse específica o general para una línea de proyectos. El cargo lo ocupa Luis Gabriel Rodríguez de la Rosa desde el 22 de agosto de 2016.
Salvaguardas
Reglas propias, no promesas.
Las condiciones que la Fundación se puso antes de pedirle dinero a nadie.
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Consentimiento antes que proyecto
La consulta previa y el consentimiento previo, libre e informado no son un trámite dentro del proyecto: son la condición para que el proyecto exista. Quien decide qué se hace en el territorio es su autoridad.
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Acuerdo con la autoridad antes que financiación
No se formula un proyecto sin acuerdo escrito con la autoridad del territorio, y no se busca financiación en nombre de nadie sin que esa autoridad lo sepa y lo haya aprobado.
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Lavado de activos y financiación del terrorismo
La línea de cooperación del objeto social está inscrita con sujeción expresa a la normativa vigente en materia de financiación del terrorismo, lavado de activos y cooperación internacional. Está en el certificado; no es una declaración de esta página.
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Imagen de las personas y de los pueblos
Ninguna fotografía de personas se publica sin autorización individual firmada y sin autorización colectiva de la autoridad étnica correspondiente. Ninguna imagen de este sitio se genera con inteligencia artificial: el relieve que ve son cotas reales de la misión SRTM, dibujadas en tiempo real.
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Nada de iconografía apropiada
El lenguaje visual de este sitio sale del territorio —relieve, agua, luz— y no de la cultura de nadie. No se usan motivos textiles ni símbolos de los pueblos con los que se trabaja: hacerlo sin permiso contradice de raíz lo que la Fundación defiende.
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Control externo
Revisor fiscal designado, independiente de la dirección, inscrito en el registro mercantil. Fue designado el 25 de marzo de 2026, en la misma acta que reformó el objeto social, y lo decimos con la fecha.
Siguiente paso
Si quiere seguir, escriba.
Correo directo
Cuéntenos qué línea le interesa y en qué territorio. Respondemos con el certificado vigente y con lo que exista para esa línea.
Documentos
El certificado de Cámara de Comercio, con código de verificación, y el detalle del gobierno de la entidad.